De acuerdo a la Ley, toda persona individual o jurídica (empresa), está obligada a reparar un daño causado a otra persona, ya sea a sus bienes o a ellas mismas. En relación a daños accidentales no voluntarios, existe la cobertura de Responsabilidad Civil a Terceros, de acuerdo a las siguientes opciones:
RESPONSABILIDAD CIVIL LEGAL DE INCENDIO O EXPLOSIÓN
Esta cobertura funciona principalmente cuando el edificio ocupado por el asegurado no es propio, sino alquilado. Cubre única y exclusivamente los daños causados por incendio y/o explosión originados en el edificio asegurado, así como los daños causados a las vecindades.
RESPONSABILIDAD CIVIL PREDIOS Y OPERACIONES
Esta cobertura ampara los daños accidentales a personas o bienes materiales originados dentro de los predios asegurados. Por ejemplo: Si dentro del predio asegurado se encuentra estacionado un vehículo de un visitante y sufre daños por cualquier causa sea responsabilidad del asegurado, éste puede solicitar a Aseguradora La Ceiba la indemnización del daño y/o pérdida.
RESPONSABILIDAD CIVIL DE PRODUCTOS Y/O TRABAJOS TERMINADOS
Este seguro ampara los daños ocasionados a terceras personas por hechos u omisiones no intencionales en la fabricación nociva o defectuosa de productos y/o mercaderías.
RESPONSABILIDAD CIVIL PATRONAL
Este seguro ampara las lesiones corporales que accidentalmente sufran los trabajadores en el desempeño de sus labores.
OTRAS COBERTURAS DE RESPONSABILIDAD CIVIL
Existen otros tipos de cobertura de Responsabilidad Civil que pueden ser otorgados de acuerdo a las necesidades del asegurado; tales como:
- Responsabilidad Civil Cruzada
- Responsabilidad Civil Hotelera
- Responsabilidad Civil Transportista